Desde el alba de nuestra república la selección y
designación de jueces y magistrados estuvo en manos de instancias politizadas;
me refiero al presidente de la Nación, encargado de postular y luego nombrar, y
al Senado encargado de otorgar o denegar su “acuerdo”.
Hacia 1994 existía en la Argentina la difundida
certeza de que esta politización del procedimiento de designación de jueces
había llegado a extremos que repugnaban la renacida conciencia republicana. Fue
así como los expertos y los partidos mayoritarios volvieron su mirada a la
Europa democrática y resolvieron “importar” el Consejo de la Magistratura, con
la pretensión de añadir una instancia más o menos independiente del poder
político encargada de seleccionar a los mejores.
Es bueno recordar que esta “importación” -algo
improvisada y mediada por los tenaces intereses de los partidos políticos- prefirió
privar a nuestros Consejos (nacionales y provinciales) de las funciones de
gobierno y control del servicio de justicia y de la carrera judicial que en
Europa estaban atribuidas a sus respectivos Consejos y que en la Argentina
siguieron en manos de las Cortes de Justicia.
A lo largo de los casi 25 años de vida de nuestros
Consejos de la Magistratura ha quedado claro que aquella sana intención de
despolitizar la selección y las designaciones de jueces, no se ha cumplido de
acuerdo con las previsiones de nuestros constituyentes.
Para colmo de males, sabemos hoy que el mismo
desencanto se percibe en Europa en donde los Consejos homólogos han sucumbido a
los dictados de la política partidista, a través de la “lotización” de las
vocalías y de las nominaciones de magistrados (véase: Victoria Rodríguez Blanco
“La politización de la Justicia”,
2017).
Mientras que en los países que nos sirvieron de punto
de referencia hay abiertos debates orientados a refundar los Consejos para elevar
los niveles de independencia de los jueces y la calidad del servicio de
justicia, en la Argentina este debate aparece muy atrasado, aunque hay
iniciativas de alto valor técnico como es el caso de los “Lineamientos para la Transformación de los Poderes Judiciales
(marzo de 2018), o del “Programa Justicia
2020”.
La situación es ciertamente peor en Salta en donde muy
pocos parecen estar pensando en revertir una experiencia negativa y en arbitrar
los medios que nos coloquen en un sendero que haga realidad los principios
republicanos. Al menos desde mi particular experiencia, el unilateral “III Plan Estratégico de la CJS”
(Acordada 12.345, de marzo de 2017) no es una contribución sólida para fundar
un proceso de profunda reforma de la justicia provincial.
Despolitizar al Consejo de la
Magistratura de Salta
Ante este vacío de ideas (o una situación de debilidad
a la hora de formular interrogantes y manifestar el malestar), me atrevo a
proponer la lisa y llana despolitización del Consejo de la Magistratura de
Salta. En el bien entendido que la legitimación democrática de los jueces
vendrá dada por la intervención del gobernador y por el imprescindible acuerdo
del Senado. Otro paso en favor de la objetividad y del mérito impone restringir
la libertad de la que hoy goza el gobernador para apartarse del orden que emana
de las ternas elaboradas por el Consejo.
Soy de los que piensan que los miembros de este
Consejo deben ser representantes de los abogados de la matrícula y de los
jueces y miembros del Ministerio Público (elegidos en votaciones abiertas y
democráticas que contemplen la representación de las minorías), a los que
habrán de sumarse personalidades de reconocido prestigio intelectual y moral,
propuestos por las Universidades o incluso por las Academias Nacionales.
Una nueva Escuela de la Magistratura
La segunda de mis propuestas apunta a potenciar la
Escuela de la Magistratura, estableciendo que los postulantes a ocupar cargos
de jueces y otras magistraturas han de ser necesariamente egresados de esta
Escuela, luego de haber cursados 2.000 horas cátedra y aprobado un programa con
materias especialmente diseñadas para formar a jueces muy cualificados.
Esta Escuela estará sometida a requisitos de calidad
similares a los que las leyes imponen a las Universidades argentinas. No está
de más señalar que este requisito es habitual en varios países europeos y que
la reforma judicial que propone la gobernadora de la provincia de Buenos Aires
va en esta misma dirección.
La exigencia de la condición de egresado de la Escuela
de la Magistratura brindará a las demás instancias encargadas de completar el
proceso de designación de jueces, elementos de juicios acerca de la idoneidad
intelectual, moral y sicológica de los postulantes y de su compromiso con los
valores democráticos.
A su vez, los jueces en ejercicio estarán obligados a
asistir a programas de formación continua.
Por supuesto, para que estas iniciativas den buenos
frutos resulta imprescindible que el Consejo Académico de la Escuela de la
Magistratura este compuesto por profesores universitarios y profesionales de
las ciencias sociales de alta jerarquía.
Más funciones para el Consejo
La tercera propuesto que aquí reseño asigna al Consejo
de la Magistratura cuatro nuevas funciones: a) Dirección de la Escuela de la
Magistratura; Elaboración y desarrollo de un Plan Estadístico acorde con los
nuevos tiempos y las nuevas tecnologías; c) Superintendencia del servicio de
justicia, con la participación del Colegio de Abogados; y d) Reglamentación de
la carrera judicial.
Conviene, por último, señalar aquí que las ideas y
sugerencias que anteceden en nada comprometen al Foro de Observación de la Calidad Institucional de Salta, al que me
honro en pertenecer.
No obstante, si quisiéramos continuar con las
practicas clientelares, con el nepotismo, la endogamia, la extrema morosidad,
el amiguismo y el clasismo, nada mejor que dejar todo como está.
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